El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece las causas tasadas legalmente para
poder ejercer la máxima de las sanciones a una persona trabajadora permitida por nuestro
ordenamiento jurídico: el despido disciplinario. En este artículo se pretende establecer tanto las
causas como los fundamentos del mismo en el caso de embriaguez o toxicomanía de la persona
trabajadora, así como el procedimiento adecuado y las posibles cuestiones de finalización del
proceso -declaración de procedencia, improcedencia y nulidad del despido-.
La estructura del artículo permite una visión temporal inicial del estudio de la cuestión desde
su incorporación al Derecho del Trabajo en 1941 hasta la actualidad, la concreción de los conceptos
de habitualidad y repercusión negativa en el trabajo -como base de la justificación del
despido disciplinario por embriaguez o toxicomanía- y la figura jurídica del despido disciplinario
por la causa antes mencionada, así como las posibles calificaciones del mismo en función de la
justificación y la forma del despido disciplinario.
Autor
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Ana N. Escribá Pérez - Directora del Grado en Derecho Universidad Internacional de Valencia. VIU
Palabras clave:
Embriaguez, Toxicomanía, Despido Disciplinario, Habitualidad, Repercusión negativa en el trabajo, Teoría Gradualista.