El abordaje del término patología dual en la legislación y planificación autonómica

El hecho de que no haya sido plasmada la definición de patología dual en la legislación autonómica,\r\ntrae como consecuencias que no se profundice en sus carencias y en el abordaje\r\nsus recursos y sólo se tenga en cuenta su contenido mínimo. Así, muchos pacientes se\r\npierden entre las dos redes: Salud Mental y Drogodependencias, dándose el “síndrome\r\nde la puerta equivocada”, ya que su problemática pertenece sólo en parte a cada una de\r\nellas. De esta forma, el derecho a la protección de la salud no está equiparado a otras\r\ndisciplinas médicas, en su vertiente asistencial, y en dicha vertiente no existe uniformidad\r\nentre las distintas CC.AA. Estos argumentos, muy posiblemente, traigan causa de razones\r\nhistóricas-asistenciales, que no se han querido paliar. Y por tanto, sería preciso un impulso\r\ndel término patología dual, para seguidamente definir y abordar sus carencias materiales\r\ny asistenciales y dar respuesta con las máximas garantías.

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Autor

  • Isabel Aguilar Dorta - Abogada. Máster en Gestión y en Derecho Sanitario

Palabras clave:

Patología dual, salud mental, drogodependencias, legislación autonómica, derecho a la protección de la salud, derecho a la asistencia sanitaria.

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